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Los derechos de autor sirven tanto para proteger las obras de los creadores, como para adquirir un beneficio económico con las regalías que se pueden obtener ¡Descubre más en esta nota!
Una película, una canción o hasta un lindo edificio que vemos en la calle están basados en un concepto o idea original para verlo plasmado como tal. Es lo que llamamos la “obra” o “creación”, y estos tienen una serie de derechos para protegerlos.
Vivimos en un mundo en el que diversos creadores aportan a la sociedad con productos en diferentes áreas, como la música, el arte, la literatura y otras expresiones.
Todas estas categorías pueden significar un aporte económico a sus países de origen; sin embargo, están sujetas a que otras personas puedan sacar provecho a través de diferentes prácticas.
Dicho de otro modo, muchas industrias y empresas viven de los derechos de autor, invirtiendo en determinados productos o servicios que implican una creación del intelecto humano que genera valor a dichos productos, y en ese sentido es que se hace necesaria la protección de estos derechos.
Al proteger las normas que amparan a los creadores también se protegen a las empresas inversoras que generan empleo. En consecuencia, son productores de recaudación para el Estado.
Son un conjunto de normas que protegen la creación intelectual que tienen los autores sobre sus obras. Esta protección les genera el derecho de inscribir su autoría en las entidades correspondientes para evitar la copia.
Dicha protección estatal incluye una serie de compromisos que deben seguir las personas que usen estas creaciones.
En caso de que alguien utilice una creación con derechos de autor, tendrá que pagar regalías por su uso. Estos ingresos pueden variar de acuerdo con la aceptación que tenga la obra con el público.
Los derechos de autor resguardan las creaciones de obras en muchos campos o tipos, por ejemplo:
Es necesario tener en cuenta que los conceptos, ideas o procesos no están incluidos en los derechos de autor. Por tanto, es importante que la creación esté plasmada en un medio material o físico.
Es la palabra anglosajona que traducida al español significa “derecho de copia”, se refiere a que el creador tiene los derechos patrimoniales de u obra; es decir, que tiene los derechos exclusivos y puede decidir qué hacer con su creación.
Por tanto, el autor decide quién utiliza su creación y cómo debe realizarse. Su objetivo es evitar la reproducción, propagación o distribución del producto original.
En caso de que alguna obra no tenga copyright está en peligro de ser copiada o plagiada. Este derecho de copia es conocido a nivel internacional con el ícono “©”.
Si bien esta institución propia del common law o derecho anglosajón, protege derechos similares a los que protege el derecho de autor, no se trata de la misma figura.
No obstante, es importante conocerla, pues hay mucha conexión e influencia con nuestro derecho local debido a la gran interacción e innumerables transacciones que se realizan con países que acogen el copyright.
En el caso de Perú, el organismo que se encarga de proteger los derechos de autor de los ciudadanos es el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).
Se debe recordar la “Ley sobre el Derecho de Autor de Perú Decreto Legislativo 822” otorga protección a los creadores de las obras artísticas y literarias de sus derechos habientes.
Además, existen asociaciones de gestión colectiva en resguardo de los intereses de los autores, como es el caso Apdayc, Soniem, Egeda o Apsav.
Estos se encargan de gestionar el cobro de regalías, así como otros intereses que implican el uso de la titularidad de los derechos de sus miembros.
El respeto por los derechos de autor es un problema que aún está pendiente resolver en el Perú. Por eso es que instituciones como las ya mencionadas se encargan de resguardar la protección de derechos de autor con una batalla ardua.
En el emporio comercial de Gamarra es un gran ejemplo. Aquí se realizan grandes operativos con el fin de incautar ropa falsificada con marcas de empresas conocidas como Adidas, Nike, Calvin Klein, entre otros.
De acuerdo con efectivos policiales, tras un operativo a inicios de 2020 se logró incautar un total de S/ 15.300.300 equivalentes a 4.098.111 dólares.
Otro caso de piratería que vulnera los derechos de autor es la venta de Blu-Rays y DVD’s, una actividad muy presente desde inicios de este siglo.
De acuerdo con la mencionada ley, los derechos exclusivos de una obra sí tienen vencimiento.
Por lo general, tienen una fecha límite de 70 años luego de la muerte del autor de la obra, ya sean personas naturales o jurídicas.
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