Precisiones sobre empresa, persona jurídica y sociedad

Es importante que los emprendedores distingan con claridad estos términos que, aunque vinculados, tienen significados y alcances distintos.

empresa sociedades

 

¿Son iguales los conceptos planteados en el titular? Muchos dirán que sí, y estarían equivocados. Veamos por qué. El término empresa se deriva de inprehensa, italiano que indica una acción ardua y dificultosa que valerosamente se comienza; intento o designio de hacer alguna cosa, actividad, negocio o proyecto de importancia.

Podemos decir que la actividad emprendedora, en el sentido económico, implica una actitud estratégica en la que se combinan conocimientos, habilidades y destrezas para hacer frente a los retos que se presentan en un mundo globalizado. Como ejemplos tenemos desde la conquista de América por los españoles a la venta de productos agrícolas en los mercados o los servicios que pueda brindar un dentista.

Con respecto a “persona jurídica” podemos decir que la voz persona fue adoptada por la terminología jurídica para aludir al sujeto dotado de representación propia en el derecho. En el ámbito jurídico se entiende por persona todo ente físico (persona natural) o abstracto (persona jurídica) capaz de asumir derechos y obligaciones, por cuya razón este vocablo se utiliza para aludir a los seres humanos y a las instituciones creadas por ellos mismos.

El derecho reconoce la existencia de la persona jurídica en mérito de la necesidad humana de cumplir finalidades sociales que, individualmente, no podrían alcanzar. El ordenamiento legal peruano clasifica a las personas jurídicas en personas jurídicas de derecho público y personas jurídicas de derecho privado. Así, la personería jurídica en el ámbito púbico se obtiene a través de su ley de creación y en el ámbito privado a través de su inscripción en los registros públicos, en otras palabras, su partida registral (SUNARP).

Como ejemplos podemos decir que, en el ámbito público, la ley Nª 25017 del 4 de abril de 1989 crea al distrito de Los Olivos; con ley Nª 17753 del 24 de julio de 1969 se crea la empresa Petróleos del Perú S.A., conocida como Petroperú S.A. En el ámbito privado podemos decir que, con partida registral Nª 12169100, se constituye la persona jurídica denominada Graña y Montero S.A. La ley de creación o la partida registral son el DNI de la persona jurídica que le otorga la capacidad para asumir derechos y obligaciones.

Por otra parte, y en la misma línea, el término “sociedad” (socios, asociación de personas), define la forma jurídica o la estructura legal para agrupar personas que aportarán bienes y servicios con el ánimo de obtener ganancias o soportar, en idéntica proporción, las pérdidas. Su naturaleza es esencialmente mercantil. La Ley N° 26887 (Ley General de Sociedades) contempla diferentes formas societarias tales como la Sociedad Anónima Abierta (S.A.A.), Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.), Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (S.C.R.L.), Sociedad Civil (S.C.) y otras.

*Este post es una colaboración de Iván Tantaleán Tapia, docente de la Facultad de Negocios de la Universidad Privada del Norte.

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