Sobre la tan comentada «Ley en contra de la Comida Chatarra» en Perú.

Mucho se está diciendo sobre la llamada Ley en contra de la comida chatarra (Ley 30021,  de promoción de la alimentación saludable para niños, niñas y adolescentes), que mejor debería ser llamada Ley contra la publicidad a la comida chatarra. En estos días he intentado leer los diversos puntos de vista sobre esta ley muchos de ellos fatalistas al exceso y muchos demasiado blandos. Tengo dos conclusiones importantes que señalar luego de revisar la ley:

1.Educación y salud. Esta ley busca que los peruanos optemos por una decisión saludable al momento de  elegir alimentos. Sin embargo no solo debemos pensar en los niños con sobrepeso, debemos pensar también en las poblaciones de niños con desnutrición del país, con las madres en estado de gestación que requieren alimentarse adecuadamente para que sus niños nazcan sanos. Algunas cifras: La desnutrición crónica en el país es de algo más del 17% en niños menores de 5 años, siendo mayor en el área rural. El sobrepeso en niños del mismo grupo etario es 8.2%, siendo mayor en el área urbana. La prevalencia de la anemia en niños hasta los 59 meses es del 32%, la anemia en mujeres en edad fértil es del 21% [i].

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Esta ley se enfoca en los niños, quienes al ser educados en mejores costumbres alimenticias,  podrán en el futuro tener hábitos saludables de alimentación dejando de lado alimentos que perjudican su salud. En este objetivo, estoy completamente de acuerdo. Sin embargo creo que es  utopía pura. Si todos actuáramos de acuerdo a la razón, todos seríamos saludables. Hay que tener en cuenta diversos factores que operan no solo en la elección del alimento sino en  su facilidad de acceso. ¿Vendrá luego una ley que regule las proporciones de los alimentos como ya existe en otros países?.

La primera parte del texto de la ley señala que se buscará que en las instituciones de educación básica regular  se enseñe sobre nutrición y se desarrolle actividad física, espero con ansias leer el reglamento ya que como está  actualmente el sistema educativo peruano, sobre todo el público,  cómo es que este punto se hará posible, cómo se aplicará un mensaje de buena nutrición en poblaciones que muchas veces están en estado de sobrevivencia, cómo es que se capacitará a los docentes, cómo se hará actividad física en colegios sin infraestructura adecuada

2.Publicidad. Esta ley es básicamente reguladora de la publicidad, empresas y medios de comunicación.  Los publicistas y comunicadores, sabemos que la mejor publicidad es la emocional, lo cual ya no estará permitido en los productos considerados no saludables. Desde este punto de vista la publicidad de este grupo, deberá ser racional al 100%. Sin embargo habrá que estar atentos a cómo es que se califica con el reglamento términos que están presentes en la ley como:

  • “…incentivar el consumo inmoderado…” (Artículo 8, inc. A).
  • “Los mensajes publicitarios deben ser claros, objetivos y pertinentes…” (Artículo 9).

images (5)El actual Código de ética publicitaria de CONAR [ii] no hace referencia específica en hábitos de consumo alimenticio y actividad física, quizás una revisión al mismo y adecuación es necesaria para poder tener una adecuada  autor regulación; quizás esta Ley está tratando de regular aquello que a los publicistas y comunicadores se nos olvidó.

Cierto es que los niños son una población fácilmente influenciable, los niños pequeños aún no cuentan con la suficiente información para diferenciar lo bueno de lo malo, más en situaciones tan etéreas para ellos como la salud o nutrición. Sin embargo el pensamiento racional tampoco está desarrollado en su capacidad total, por lo que la publicidad de este tipo de alimentos deberá cambiar completamente.

Actualmente la publicidad televisiva de “comida chatarra” supera los 3 millones de dólares según IBOPE, es necesario que el reglamento especifique claramente los alcances de la regulación ya que, toda reglamentación que pueda comprometer los ingresos de los medios de comunicación podría verse como una intromisión en los mismos. Y de eso ya tenemos experiencia los peruanos.

Cabe señalar que regulaciones de este tipo dejan de lado un punto muy importante, en un mundo globalizado la comunicación publicitaria es muchas veces mundial o regional, se coordina y se contrata fuera del país sobre todo en digital y cable. Estos últimos medios que están mucho más cerca de la población que se busca proteger o educar. ¿Se pretende censurar medios digitales?, esperemos el reglamento.

Cierto es que la ley no habla de limitar libertades de elección, por lo que podré llevar a mi hijo a comer y a jugar en los restaurantes de este tipo de comida. Sin embargo desde el punto de vista de la actividad publicitaria esta Ley debe hacerse con un asesoría adecuada sobre lo que será permitido o no, para evitar que toda la objetividad que busca promover quede a manos de la subjetividad de algún comité sensor. Con buenos y claros reglamentos podríamos mejorar la autor regulación, para evitar subjetividades.


[i]MINISTERIO DE SALUD. Centro Nacional de Alimentación y Salud.   SITUACION NUTRICIONAL POR ETAPAS DE VIDA. Lima, Noviembre 2011
[ii] CONAR
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