El 15 de mayo último se cumplió el plazo para el depósito de la CTS en la entidad financiera seleccionada por el trabajador. La Compensación por Tiempo de Servicio es un beneficio social en previsión de las posibles contingencias que origine el cese en el trabajo, teniendo la finalidad de cubrir las necesidades del trabajador. Sabiendo que en el Perú no existe un Seguro de Desempleo como en otros países, la CTS de alguna manera es el instrumento que más se le acerca.
Tras la promulgación de la Ley 30334 por parte del Ejecutivo el martes 23 de junio, los empleados con vigencia de la relación laboral podrán disponer del 100% del excedente de cuatro remuneraciones brutas mensuales que tengan depositada en su cuenta individual de CTS.
De esta manera, muchos trabajadores tendrán un saldo de libre disponibilidad en su cuenta individual de CTS que podrá ser considerado un dinero extra para cubrir alguna necesidad, por lo que muchos analistas recomendamos un orden de prioridades para su uso:
* Este post es una colaboración de Eduardo Poletti Gaitán, docente del Programa Working Adult de la Universidad Privada del Norte.
Etiquetas:
y nos
pondremos en contacto
para brindarte